Los Servicios Cubiertos son los servicios secundarios y de inversión que la empresa brinda de conformidad con la licencia (247/14) emitida por la CySEC.
Los servicios de inversión que presta la empresa son ejecución de órdenes por cuenta de clientes, negociación por cuenta propia, gestión de carteras y otros.
Además, el corredor brinda servicios secundarios tales como custodia y administración de instrumentos financieros, incluida la custodia y servicios relacionados y otros.
Los clientes cubiertos son clientes que no están incluidos en las siguientes categorías de inversores:
Inversores institucionales y profesionales, como bancos, compañías de seguros, sociedades de inversión. Tampoco están cubiertos los estados y las organizaciones supranacionales, las autoridades administrativas centrales, federales, confederadas, regionales y locales. El personal directivo, administrativo de la Compañía y los accionistas de la Compañía tampoco son clientes cubiertos. También hay muchas más categorías de inversores que no son clientes cubiertos.
El objetivo del Fondo es proteger las reclamaciones de los clientes cubiertos contra el corredor. Por lo tanto, si el corredor no cumple con sus obligaciones, debe proporcionar una compensación por sus reclamaciones, derivadas de los servicios cubiertos.
Hay varios casos en los que el fondo proporcionará un pago de compensación. Uno de ellos es en caso de que la Comisión de Bolsa y Valores de Chipre haya identificado que la Compañía no es capaz de cumplir con sus obligaciones derivadas de los reclamos de sus inversionistas-clientes, en relación con los servicios cubiertos que ha brindado, siempre que dicho incumplimiento sea directamente conectado a la posición financiera de la Compañía que no tiene una perspectiva realista de mejora en el futuro cercano.
El monto de la compensación a pagar se calcula para cada cliente de acuerdo con los términos contractuales y legales que rigen la relación del cliente cubierto y la Compañía, de acuerdo con el conjunto utilizado para calcular las reclamaciones entre el cliente cubierto y la Compañía. En la actualidad, cualquier reclamante puede recibir hasta 20,000 € en concepto de indemnización.